Comunicaciones comerciales (publicidad):
La publicidad en medios electrónicos de comunicación a distancia deberá ser conforme a la ley aplicable, leal, honesta y veraz y no deberá constituir nunca un medio para abusar de la buena fe de sus destinatarios.
El anunciante deberá ser claramente identificable a través del nombre de la empresa o la marca anunciada, de forma tal que sus destinatarios puedan reconocerlo y ponerse en contacto con él sin dificultades.
Comercio electrónico con consumidores.
Esta parte establece principios y reglas de conducta generales y reglas de conducta que resultan exigibles a las tiendas online en sus transacciones con los consumidores para la contratación de bienes y/o servicios a través de medios electrónicos de comunicación a distancia, con el fin de dar adecuada respuesta a la necesidad de mantener altos niveles de protección de sus derechos e intereses.
La protección de datos personales en el desarrollo de ambas actividades es un asunto transversal dentro del Código Ético.












